Sistema de Contratación Abogados: el art. 20 de la ley del arancel judicial establece que los abogados y procuradores tienen libertad para contratar con sus clientes los honorarios que deban devengar en el asunto o asuntos que se hagan cargo. de aquí en la practica surgen diversas formas en que los abogados cobran sus honorarios, estos son:
Suma fija: el abogado cobra un valor determinado y fijo por toda la asesoría legal, esta suma dependerá del tiempo que le tome, el valor de los bienes involucrados y de lo que se pague comúnmente por tal diligencia.
Porcentaje: en este caso el apoderado cobra por su asesoría y representación un porcentaje del valor de los bienes involucrados en la diligencia, este tipo de cobro tiene lugar en juicios ejecutivos, sucesiones, y en todo proceso que estén involucrados bienes tangibles o intangibles de fácil valoración.
Cuota Litis: el abogado cobra como honorario un porcentaje del objeto del pleito, pero solo si este se gana, además en este caso el abogado asume todos los gastos de la gestión, este cobro en algunos países tales como Argentina, España y Colombia, tiene algunas limitantes debido a que pone en riesgo la independencia del abogado en su actuar.
Honorario Mixto: en este caso el abogado cobra una parte como cuota fija, y otra como porcentaje o participación económica en los resultado favorable del proceso.
Cobro por horas: el abogado cobra por el tiempo que gasta atendiendo el litigio, esta tarifa varia de acuerdo a los siguientes aspectos: experiencia, buen nombre, especialidad y costumbre en el ramo, este cobro es muy común en países como Norteamérica, Europa y algunas grandes firmas de Colombia.
Sistema de Contratación de Médicos: los médicos no tienen un arancel estipulado para tasar sus honorarios sin embargo a la hora de poner un precio estos toman en cuenta los siguientes aspectos:
1-. El tiempo que dedica el medico para la atención del paciente.
2-. La preparación y experiencia medico-practica del profesional de la salud.
3-. Las implicaciones legales a las que esta expuesto el medico con cada intervención medico- quirúrgica que va realizar-
4-. La especialidad Medica a la cual se dedica.
otros aspectos a considerar son honorarios médico- quirúrgicos, no hacemos referencia al pago de un solo médico, también implica remunerar económicamente a otros profesionistas como: cirujanos, anestesiólogos, enfermeras y ayudantes, quienes intervienen en procedimientos médicos.
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